Guía de Delt@ · Parte de accidente de trabajo
El parte de accidente de trabajo (PAT): cuándo y cómo se comunica
El parte de accidente de trabajo (PAT) es la comunicación que hace la empresa por Delt@ cuando un accidente laboral causa baja médica (o el fallecimiento del trabajador). Aquí tienes cuándo procede, el plazo, quién lo hace, qué datos lleva y por dónde pasa hasta la autoridad laboral.
En una frase: si el accidente causa baja de al menos un día (sin contar el día del accidente) o un fallecimiento, la empresa presenta el PAT en 5 días hábiles. Si no hay baja, va por la relación de accidentes sin baja (RATSB).
¿Cuándo se hace un PAT (y cuándo no)?
El PAT es obligatorio para los accidentes de trabajo (o recaídas) con baja médica, en trabajadores afiliados con la contingencia de accidentes cubierta, cuando:
- El accidente causa ausencia del puesto de al menos un día, sin contar el día en que ocurrió, o
- Se produce el fallecimiento del trabajador.
No se hace PAT (va por la relación sin baja) si el trabajador se reincorpora el mismo día o al día siguiente, o si la fecha de alta médica coincide con la de baja. Tampoco se declara a Delt@, por ejemplo, en accidentes cubiertos por mutualismo administrativo (MUFACE, ISFAS, MUGEJU) o de autónomos sin la contingencia de accidentes cubierta.
¿Quién tiene que presentarlo?
- La empresa que tiene al trabajador dado de alta en la Seguridad Social (trabajadores por cuenta ajena).
- El trabajador autónomo que tenga cubierta la contingencia de accidentes de trabajo, por sus propios accidentes.
- El empleador de hogar, por el personal a su servicio.
- En una ETT, lo presenta la empresa cedente (la que tiene de alta al trabajador). La presentación se puede hacer directamente o a través de un representante.
El plazo: 5 días hábiles
El parte debe cumplimentarse en un plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde la fecha del accidente, desde la fecha de la baja médica o, en su caso, desde la notificación de la resolución que determina la contingencia como accidente de trabajo. Si la mutua devuelve el parte para corregir errores, hay otros cinco días hábiles para reenviarlo corregido.
Ojo: no comunicar el accidente en tiempo y forma es una infracción leve o grave (según la gravedad del accidente), con sus posibles sanciones.
Antes de empezar: ¿accidente o recaída? ¿dónde ocurrió?
Conviene aclarar dos cosas antes de rellenar el parte:
- ¿Accidente o recaída? Es recaída la baja que es consecuencia directa de un accidente con baja anterior, sea cual sea el tiempo transcurrido; en ese caso la fecha de ocurrencia es la del accidente original.
- ¿Dónde ocurrió? Hay cuatro tipos según el lugar: en el centro o lugar de trabajo habitual, en desplazamiento durante la jornada, in itinere (al ir o volver del trabajo) o en otro centro de trabajo.
Qué datos lleva el parte: las 7 secciones
El PAT se organiza en siete secciones. Los campos marcados con asterisco (*) son obligatorios:
Datos personales del trabajador accidentado
Identificación, fecha de nacimiento, domicilio, etc.
Centro de la Seguridad Social donde está de alta
El centro de trabajo (CCC) por el que el trabajador está dado de alta.
Lugar y centro donde ocurrió el accidente
Dónde pasó: centro habitual, otro centro, desplazamiento o in itinere.
Datos del accidente
Cómo se produjo: descripción, causas y circunstancias (lugar, trabajo, desviación, agente material…).
Datos asistenciales
La lesión, la parte del cuerpo, la gravedad y la asistencia médica.
Datos económicos
Bases de cotización y datos para calcular la prestación.
Actores implicados, firmas y sellos
Empresa, mutua o entidad gestora y autoridad laboral.
Por dónde pasa el parte (el circuito)
La empresa lo firma y envía
Al firmar el parte, Delt@ lo envía automáticamente a la mutua o entidad gestora indicada como responsable de la cobertura.
La mutua lo revisa (10 días hábiles)
Si lo acepta, dispone de diez días hábiles para trasladarlo a la autoridad laboral de la provincia del centro de trabajo. Si hay errores, los subsana o devuelve el parte a la empresa (que corrige en cinco días hábiles).
La autoridad laboral lo acepta
Cuando la autoridad laboral lo acepta, el procedimiento termina. El parte, firmado por los tres actores, se traslada a la Inspección de Trabajo y a la estadística del Ministerio.
Casos especiales
- Accidente que afecta a varios trabajadores: un parte por cada trabajador accidentado.
- Pluriempleo o pluriactividad: cada empleador presenta su propio parte.
- Más de un CCC en la misma empresa: un parte por cada CCC.
- Accidente grave, muy grave, mortal o con más de cuatro accidentados: además del PAT, hay que hacer una comunicación urgente en 24 horas.
Fuente oficial: «Guía de cumplimentación del parte de accidente de trabajo (PAT)» del Sistema Delt@ (Ministerio de Trabajo y Economía Social); normativa: Orden TAS/2926/2002 y Orden de 16 de diciembre de 1987. Material divulgativo independiente. · Última actualización: .
Preguntas frecuentes
¿Cuándo hay que hacer un parte de accidente de trabajo (PAT)?
Cuando un accidente de trabajo o una recaída causa baja médica con ausencia del puesto de al menos un día (además del día del accidente), o cuando hay fallecimiento. Si el trabajador se reincorpora el mismo día o al día siguiente, no se hace PAT sino la relación de accidentes sin baja (RATSB).
¿En qué plazo se presenta el PAT?
En un máximo de cinco días hábiles, contados desde la fecha del accidente, desde la fecha de la baja médica o desde la notificación al empresario de la resolución que determina la contingencia como accidente de trabajo. Si la mutua devuelve el parte para corregir errores, hay otros cinco días hábiles para reenviarlo.
¿Quién tiene que presentar el parte?
La empresa que tiene al trabajador dado de alta en la Seguridad Social (con trabajadores por cuenta ajena), el trabajador autónomo con la contingencia cubierta, o el empleador de hogar. Puede hacerlo la propia empresa o un representante. En el caso de una ETT, lo presenta la empresa cedente (la que tiene de alta al trabajador).
¿Qué pasa después de enviar el parte a la mutua?
Delt@ envía el parte firmado a la mutua o entidad gestora indicada. Si lo acepta, dispone de diez días hábiles para trasladarlo a la autoridad laboral; si detecta errores, lo subsana o lo devuelve a la empresa para que corrija en cinco días hábiles. Cuando la autoridad laboral lo acepta, el procedimiento termina y el parte llega a la Inspección de Trabajo y al Ministerio.
¿Qué pasa si no comunico el accidente en plazo?
La falta de comunicación del accidente de trabajo en tiempo y forma constituye una infracción leve o grave según la gravedad del accidente (Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social), con las sanciones que correspondan.
¿Y si el mismo accidente afecta a varios trabajadores?
Se rellena un parte de accidente por cada trabajador accidentado. Lo mismo en pluriempleo (cada empleador presenta su parte) o cuando el trabajador está de alta en más de un CCC de la misma empresa (un parte por cada CCC).